COMUNICADO
 




 Comunidad Valenciana


Alegaciones pro-Colegio de Periodistas

JOSÉ TORRES LEAL, Letrado en ejercicio del Ilustre Colegio de Abogados de Valencia, con despacho profesional y domicilio a efectos de notificaciones en 46004 Valencia, C/Conde Salvatierra número 4 puerta 3, en nombre de LA ASOCIACIÓN DE PERIODISTAS INDEPENDIENTES VALNCIANOS, LA ASOCIACIÓN VALENCIANA DE DOCTORES Y LICENCIADOS EN CIENCIAS DE LA INFORMACIÓN y LA ASOCIACIÓN DE PERIODISTAS PROFESIONALES DE CASTELLÓN, ante la Consellería de Justicia y Administraciones Públicas, Servicio de Colegios Profesionales, comparezco y como mejor proceda en derecho, DIGO :

Que por medio del presente escrito, y dentro del plazo concedido a estos efectos por Resolución de 23 de enero de 2004, de la directora general de Justicia, por la que se dispone la apertura del período de información pública sobre la creación del Colegio Oficial de Periodistas de la Comunidad Valenciana, venimos a efectuar las siguientes :

A L E G A C I O N E S.

PRIMERA . – Conveniencia y oportunidad de crear un Colegio Oficial de Periodistas con ámbito de actuación en la Comunidad Valenciana.

La Constitución Española de 1978 reconoce y garantiza la libertad de expresión y el derecho a la información, y los configura no solamente como derechos subjetivos de libertad respecto a los poderes públicos, sino también como valores objetivos que son decisivos en una sociedad que aporta como elemento esencial definitorio de su identidad democrática la efectiva vigencia de una opinión pública libre.

El sistema democrático tiene como presupuesto la intervención activa del ciudadano en la organización de los poderes públicos, y esta intervención sólo será libre en la medida en la que pueda accederse a una información veraz, imparcial y pluralista. De forma más clara, el Tribunal Constitucional en su sentencia de 16 de marzo de 1981 establece que “El artículo 20 de la C.E. garantiza el mantenimiento de una comunicación pública libre, sin la cual quedarían vaciados de contenido real otros derechos que la constitución consagra, reducidas a formas huecas las instituciones representativas y absolutamente falseado el principio de legitimidad democrática que enuncia el artículo 1, apartado 2, de la C.E., y que es la base de toda nuestra ordenación jurídico-política”.

La especial trascendencia y complejidad de la libertad de expresión y del derecho a la información hace que sea necesario arbitrar mecanismos que garanticen que aquellos que de forma habitual y profesional se dedican a su obtención y difusión, en su condición de actores principales del ejercicio de un derecho fundamental del que son depositarios todos los ciudadanos, desarrollen su labor atendiendo al doble compromiso de la responsabilidad derivada de su importante tarea y del mandato de su propia conciencia, de acuerdo con el ordenamiento constitucional y los principios deontológicos de la profesión periodística.

En este marco, la creación de un Colegio Profesional de Periodistas con ámbito de actuación en la Comunidad Valenciana permitiría suplir carencias legislativas en aspectos tan esenciales como los siguientes :

a) El control al acceso a la profesión de periodista.

b) La ordenación del ejercicio profesional del periodismo, velando por la ética, deontología y dignidad de quienes ejercen su actividad profesional, garantizando una buena práctica de la misma y reprimiendo las posibles desviaciones.

c) La creación de una instancia que represente y defienda a los profesionales de la información garantizando su independencia. Dada la trascendencia de la función que realizan los profesionales de la información, y su capacidad de coadyuvar con otras instancias sociales y con los poderes públicos a la conformación de la opinión pública, es especialmente necesaria la creación de una organización sólida que pueda defender a los periodistas y garantizar su objetividad. Sólo de esta forma será posible que el ciudadano acceda a una información veraz e imparcial.

En todo caso, el Colegio Profesional de Periodistas que vaya a crearse con ámbito de actuación en la Comunidad Valenciana deberá respetar los siguientes principios :


· Salvaguarda de los derechos adquiridos por aquellas personas que, sin ser licenciados en ciencias de la información, llevan tiempo trabajando de forma profesional y habitual como periodistas.

· Respeto del ámbito propio de actuación de los sindicatos y asociaciones de periodistas existentes y que se constituyan en el futuro. La labor del Colegio, lejos de consistir en eclipsar estos organismos, debe servir para impulsarlos, haciéndose eco de sus reivindicaciones y sirviendo de plataforma para que lleguen con claridad a las instancias competentes.


· Plena aplicación de los principios democráticos, tanto en la conformación de sus órganos, como en su régimen de actuación.

Entendemos que el texto publicado en la Resolución de 23 de enero de 2004 pone de manifiesto que es voluntad del gobierno y del legislador valenciano la salvaguarda de estos principios. Se hace constar expresamente que uno de los fines del Colegio sería ampliar y consolidar la tarea que las asociaciones de prensa actualmente existentes realizan en defensa del derecho a la información y a la autoexigencia profesional. Por otra parte, para la delimitación de la profesión de periodista se han tenido en cuenta los criterios fijados por la XLIV Asamblea de la Federación de Asociaciones de Prensa Española, procurando fomentar la incorporación de los titulados por las antiguas escuelas de Periodismo o por las facultades de Ciencias de la Información, así como el reconocimiento de otros licenciados universitarios que acrediten un ejercicio profesional periodístico durante dos años ininterrumpidos a la fecha de creación del nuevo colegio, y por último la integración de todos los profesionales que, no siendo licenciados universitarios, puedan acreditar un ejercicio profesional periodístico de cinco años ininterrumpido a la fecha de creación del nuevo colegio.

SEGUNDA . – El sentir de la inmensa mayoría de los profesionales del periodismo que trabajan en la Comunidad Valenciana, y de los estudiantes de Ciencias de la Información, es claramente favorable a la creación del Colegio Oficial de Periodistas de la Comunidad Valenciana.

Tres Asociaciones de Periodistas con arraigo y larga tradición en nuestra Comunidad, como son la Asociación de Periodistas Independientes Valencianos, la Asociación Valenciana de Doctores y Licenciados en Ciencias de la Información, y la Asociación de Periodistas Profesionales de Castellón, han participado activamente en el proceso de impulso a la creación del Colegio Profesional de Periodistas de la Comunidad Valenciana. Aparte, acompañamos a este escrito dos cuadernos completos de firmas de adhesión al proceso de creación del futuro colegio de periodistas de la Comunidad Valenciana. En los cuadernos acompañados figuran las firmas de un número importante de estudiantes de periodismo, de periodistas, y de figuras destacadas de la vida pública e intelectual de nuestra Comunidad, como D. Emilio Attard Alonso, D. Enrique Beltrán Ballester, Dª Rita Barberá Nolla, D. Francisco Camps Ortiz, D. Juan Ferrando Badía, D. Vicente Giner Boira, D. Joseph Lluís Gómez Mompart, D. Pedro García Gimeno, D. Vicente Luís Navarro de Luján, D. Juan José Pérez Benlloch, Dª María Consuelo Reyna Doménech, D. Luís Miguel Romero Villafranca, D. Ricard Triviño López . . .

El presente y el futuro de la inmensa mayoría de la profesión periodística de la Comunidad Valenciana está a favor de la creación de un Colegio que sirva para la salvaguarda de fines de carácter general y para la defensa de intereses particulares de los profesionales del periodismo.

Nos consta que la Unió de Periodistas, en una reunión celebrada a finales de marzo de 2004, a la que tan sólo acudieron cuarenta asociados, mostró su disconformidad a la creación del futuro Colegio Profesional de Periodistas de la Comunidad Valenciana, pero no se dio ningún argumento de peso en contra de esta iniciativa, y simplemente se razonó que la prioridad de esta asociación actualmente no es la creación de un colegio profesional, sino velar porque los ciudadanos tengan unos medios de comunicación de calidad, y trabajar para la dignidad de los periodistas, que pasa por combatir la precariedad laboral, que afecta a un alto porcentaje de los profesionales en activo. Debemos insistir en que no existe ninguna incompatibilidad entre la persecución de estos objetivos desde los sindicatos y asociaciones de periodistas actualmente existentes, y la creación de un Colegio Profesional de Periodistas cuya misión no sería, en absoluto, la de eclipsar estas organizaciones, sino, muy al contrario, utilizar su condición de carácter de Corporación de Derecho Público para procurar que sus reivindicaciones sean escuchadas y atendidas. Por lo demás debemos insistir en que el Colegio Profesional de Periodistas de la Comunidad Valenciana tendrá un régimen de actuación y de elección de sus representantes democrático, y serán los propios periodistas quienes decidan cuál debe ser el orden de prioridades del Colegio.

No puede pretenderse que la creación del Colegio de Periodistas de la Comunidad Valenciana sea respaldada por todos y cada uno de los periodistas. Hay motivos sólidos que justifican y aconsejan la creación para la profesión periodística de un Colegio similar a los que se han constituido recientemente en nuestra Comunidad para otros colectivos de profesionales, y esta iniciativa cuenta con el respaldo expreso de la gran mayoría de los periodistas y de los estudiantes de periodismo. Paralizar el proceso de creación del Colegio de Periodistas porque una Asociación entienda que en estos momentos tiene otras prioridades, a las que, por otra parte, nadie le va a impedir que siga dedicándose, sería, en nuestra opinión, totalmente injustificable.

En su virtud,

SUPLICO A LA CONSELLERÍA DE JUSTICIA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS, SERVICIO DE COLEGIOS PROFESIONALES, que se digne admitir este escrito con los documentos que se acompañan, tenga en consideración las manifestaciones contenidas en el cuerpo del mismo, e impulse la creación del Colegio Profesional de Periodistas de la Comunidad Valenciana por los trámites legalmente previstos, con todo cuanto demás proceda que en derecho pido.

En Valencia a veintinueve de marzo de dos mil cuatro.